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BIENES ENAJENADOS A DELINCUENCIA ORGANIZADA PODRÁN USARSE CON FINES SOCIALES, APRUEBA CONGRESO MEXIQUENSE POR UNANIMIDAD

Para debilitar la capacidad operativa y financiera de la delincuencia organizada, la 59 Legislatura mexiquense aprobó por unanimidad la nueva Ley de Extinción de Dominio del Estado de México, que dará mayor eficacia a los procedimientos legales de enajenación de bienes a los grupos delictivos, los cuales podrán ser destinados a acciones en salud, educación, convivencia social, cultura y seguridad pública

Este nuevo ordenamiento, propuesto por el gobernador Eruviel Ávila Villegas, propicia un procedimiento expedito para la declaración judicial de extinción de dominio y eficienta las disposiciones que han dificultado la implementación de la acción de la extinción de dominio como los excesivos formalismos y aplicación de las reglas de Derechos Procesal Civil.

Por lo tanto, bastará establecer en el juicio el hecho antijurídico sin requerirse de un proceso penal que deba confirmar la pérdida de un derecho real, aun cuando no se identifique al probable responsable o imputado.

De acuerdo con el dictamen, leído por el diputado Roberto Sánchez Campos (PRI), en sesión del Tercer periodo Extraordinario presidido por el diputado Miguel Sámano Peralta, se establece a la extinción de dominio como un procedimiento autónomo e independiente, en armonía con la jurisprudencia de la SCJN, el cual aplica para los delitos de trata, secuestro, robo de vehículo, contra la salud en su modalidad de narcomenudeo y enriquecimiento ilícito.

Adicionalmente, prevé y amplía el destino de los bienes materia de extinción, para que también puedan ser orientados a fines sociales del gobierno del Estado, especialmente para lugares de educación, salud, convivencia social, culturales o de seguridad pública, salvo que sea necesario conservarlos para efectos del procedimiento penal.0405a

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