«CONTRASTANDO IDEAS»
SCJN, resuelve histórico conflicto territorial, pero detona descontento social.
Por el Dr. Julio Jiménez Martínez
Comunidades indígenas denuncian que defenderán sus tierras que representan más de 160 mil hectáreas de terrenos son de comuneros indígenas del ejido Rafael Cal y Mayor, afirman que no dejarán que sus tierras pasen a manos de comuneros indígenas oaxaqueños.
Vale la pena recordar que el conflicto territorial en una prueba pericial en geografía y cartografía que permitió discernir y obtener una conclusión respecto a los puntos limítrofes que rigieron desde 1549 a la Nueva España y la Capitanía General de Guatemala, que hoy integran la frontera entre los estados de Chiapas y Oaxaca; es decir, Chiapas perderá el municipio de Belisario Domínguez, en la zona de Los Chimalapas, ya que éste “fue creado en un espacio geográfico que no corresponde al estado.
Luego de que la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la controversia constitucional a favor del estado de Oaxaca, Ahora, como parte de los efectos constitucionales de la histórica resolución, los Congresos de ambos estados, tendrán que realizar las modificaciones pertinentes a sus congresos y las modificaciones a las leyes respectivas, a efecto de incorporar los puntos limítrofes de la frontera, señalando que sus tierras quedaron dentro de las 160 mil hectáreas que les dotó el gobierno federal en 1967, término que inicia dentro de los 30 meses contados a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia.
Es fundamental aclarar que el conflicto territorial es por la franja limítrofe entre Chiapas y Oaxaca, después de que los comuneros de San Miguel y Santa María Chimalapas impugnaron la creación del municipio de Belisario Domínguez, durante el gobierno del «chiapaneco» Juan Sabines Guerrero, el conflicto social ha afectado a las comunidades de Arriaga y Cintalapa que fueron afectadas por el trazo en el que se reconocen 160 mil hectáreas para los comuneros de San Miguel y Santa María Chimalapa, en el lado oaxaqueño; ya que impugnaron el decreto presidencial de 1967.
Las comunidades afectadas viven momentos de gran preocupación, incertidumbre y descontento; ya que un día después de que fuera notificada la polémica resolución, un grupo de hombres armados (campesinos) con fusiles de alto calibre y rifles de cacería, vestidos de negro y encapuchados tomarón la plaza del ejido Rafael Cal y Mayor, enclavado en la región noroeste del municipio de Cintalapa, colindante con Oaxaca, para advertir que no dejarán sus terrenos, denunciando que tampoco aceptarán ser anexados al estado de Oaxaca, lanzando consignas, como “Vamos a defender nuestras tierras, cueste lo que nos cueste”.
La polémica resolución de la Suprema Corte de Justicia, declara la invalidez constitucional del municipio de Belisario Domínguez, creado en el año 2011, así como la determinación del límite territorial entre los estados de Chiapas y Oaxaca.
En la historia de Chiapas, nuestras Constituciones locales no han establecido de forma expresa sus límites territoriales. Sin embargo, entre 1982 y 1989, nuestra Constitución sí especificó de manera temporal esos límites, señalando de forma expresa que al Noroeste de Chiapas colindaba con Oaxaca en el “Cerro de los Martínez”, tomando como referencia un convenio celebrado en 1902 entre Veracruz y Oaxaca, “Laudo Baranda”, en el cual también se estableció como punto trino entre esos estados y Chiapas, al “Cerro de los Martínez” posteriormente, la Constitución de Chiapas se reformó y desde 1989 y hasta la actualidad, no ha establecido de forma expresa sus límites territoriales, pues únicamente ha mencionado que Chiapas conserva el territorio que tiene desde que se anexó a los Estados Unidos Mexicanos en 1824.
La vigencia del texto de la Constitución de Chiapas entre 1982 y 1989 fue suficiente para que algunos ministros refirieran que Chiapas reconoció de facto al “Cerro de los Martínez”, como la colindancia entre los estados de Veracruz, Oaxaca y Chiapas, por lo tanto, los ministros resolvieron de manera favorable al estado de Oaxaca.
Ministros de la SCJN, concluyeron que el Gobierno de Chiapas creó un Municipio y legisló más allá de sus facultades constitucionales y límites territoriales, a pesar de que los dictámenes periciales resolvieron haber encontrado puntos geográficos que ambos estados reconocieron como parte de su límite histórico, tal como el “Cerro de los Mixes”, razón por la cual, ordenaron invalidar el Decreto 008 de 28 de noviembre de 2011 que creó el municipio de Belisario Domínguez.
En conclusión la inédita sentencia de la SCJN, no afectará el fondo de los juicios agrarios que se encuentran pendientes de resolución ante los Tribunales Agrarios; ya que es la primera vez que la Suprema Corte de Justicia(SCJN) resuelve un conflicto territorial entre entidades federativas; ya que el conflicto excede los alcances agrarios y jurídicos, implicando además temas de carácter político y social.
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