DISCUTIERON EN ACAPULCO NUEVOS ORDENAMIENTOS EN MATERIA FISCAL

La Asociación Mexicana de Contadores Públicos realizó la XV Convención Anual Anticorrupción en Acapulco, Guerrero, donde se abordaron asuntos importantes como las nuevas reformas en materia fiscal, así como los ordenamientos que buscan prevenir las operaciones con recursos de procedencia inexplicable.
La Asociación que preside Mirna Meillón Álvarez llevó a cabo el evento del 22 al 24 de Noviembre el Puerto de Acapulco, Guerrero, a donde asistieron prestigiados empresarios, reconocidos profesionistas y representantes de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), así como especialistas del SAT.
En los trabajos se abordaron diversos temas en relación a las nuevas reformas en materia fiscal para el ejercicio 2020, la nueva Ley que previene y combate operaciones con recursos de procedencia ilícita( Ley Antilavado).
También se habló de las nuevas obligaciones de colaboración, registro, transparencia, rendición de cuentas, determinación y pago de impuestos para no ser objeto de sanciones penales, de acuerdo con las reformas al artículo 19 constitucional, donde se califica como Delincuencia Organizada aquellos contribuyentes que por descuido, falta de providad, revisión o confirmación de la legalidad de las empresas que expiden facturas.
Entre los temas analizados se discutió además sobre las consecuencias legales y la violaciones constitucionales que puede sufrir un contribuyente que puede ser víctima de una orden por parte de la UIF para que sin mediar notificación o instrumento judicial se puedan asegurar cuentas bancarias (congelamiento de cuentas) y cancelación de sellos digitales (no puedes hacer operaciones o facturar).
Es importante mencionar que de igual forma se abordaron los supuestos previstos por la Ley Nacional de Extinción de Dominio y sus consecuencias jurídicas, así como las graves violaciones a los derechos humanos de aquellas personas que resulten víctimas de una injusta ilegal e improcedente investigación, a quienes se les podrán asegurar y rematar sus bienes.
Lo anterior en virtud de que la Ley Nacional de Extinción de Dominio contempla la venta anticipada de los bienes asegurados, vulnerando el debido proceso, los derechos humanos, la garantía constitucional de seguridad jurídica, propiedad, legalidad, entre otros aspectos.
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