RESUELVE TEEM ACTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA REGIDORAS
En su vigésima sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió importantes casos que señalan actos de violencia política y obstrucción del cargo contra funcionarias municipales en la entidad.
En el primer caso, correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador PES/54/2025, el Tribunal determinó la existencia de violencia política en contra de la Sexta y Séptima Regidoras del Ayuntamiento de Santa Cruz Atizapán. Esta resolución se deriva de la reformulación en la integración de las Comisiones Edilicias en las que ambas participaban.
El TEEM concluyó que dicha modificación tuvo como consecuencia directa retirar a las regidoras de las comisiones de las que formaban parte. El Tribunal consideró que el trato diferenciado respecto de los demás integrantes del Cabildo careció de una justificación objetiva y razonable, lo que afectó sus derechos político-electorales en su vertiente del ejercicio del cargo. Sin embargo, el fallo aclaró la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género, al no acreditarse que las conductas analizadas obedecieran a su condición de mujeres.
Como consecuencia de esta determinación, el TEEM ordenó dar vista a la Contraloría del Poder Legislativo de la LXII Legislatura del Estado de México para que, conforme a sus procedimientos, determine las acciones legales procedentes. Asimismo, conminó a las personas servidoras públicas responsables a abstenerse de realizar actos u omisiones que vulneren u obstaculicen los derechos político-electorales de las regidoras.
En un segundo caso de relevancia, al resolver el Procedimiento Sancionador Ordinario PSO/17/2026, el Pleno determinó la existencia de obstrucción al ejercicio del cargo de la Sexta Regidora del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli.
El Tribunal acreditó omisiones en la entrega oportuna de información relacionada con la normativa interna, la situación financiera y los compromisos económicos derivados de litigios laborales del municipio. Esta información, señaló el TEEM, es necesaria para que la regidora pueda ejercer sus funciones de vigilancia, seguimiento y participación.
En consecuencia, el Pleno ordenó dar vista a la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México y a la Contraloría del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, en atención a las responsabilidades atribuidas al Presidente Municipal y al Tesorero Municipal, respectivamente.
Durante la sesión, el Pleno del TEEM resolvió un total de 9 asuntos, reafirmando su compromiso con la protección de los derechos político-electorales de las y los funcionarios públicos municipales.
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